Echamos el cierre. ¿Y ahora qué?

Queda lejos ya el día en que decidiste lanzarte al vacío y crear tu propia empresa.

Comenzaste con mucha ilusión invirtiendo todo tu esfuerzo, tu tiempo, tu dinero, e incluso el de familiares y amigos. Al principio fue duro, pero bueno, ¿no son así todos los inicios? El problema es cuando van pasando los días y el negocio no termina de despegar.

¡Qué difícil es afrontar un fracaso!  No importa de qué estemos hablando, esto es así en todos los ámbitos de nuestra vida, y un proyecto de negocio fallido no va a ser menos. Parece que mientras sigamos dando vueltas en nuestra noria el problema va a desaparecer, pero no, ahí está al acecho, engordando, preparándose y esperando para saltar sobre nosotros y en el momento que menos lo esperemos nos explota en la cara.

Si te encuentras en esta situación, baja de la noria, da un buen taconazo en el suelo o como Liza Minelli en  la película ‘Cabaret’, grita aprovechando el anonimato del ruido del tren al pasar. Haz lo que necesites, pero reacciona.

Analiza los motivos . Nunca es uno sólo y el abanico de posibilidades es amplio.

  • La idea no era tan brillante como pensabas o no has sabido implantarla
  • El momento no es el adecuado
  • Problemas de financiación, no calculaste bien la inversión necesaria para iniciar el proyecto
  • etc.

Aunque este no es el tema del artículo, si te digo que es fundamental analizar el o los problemas que han llevado a tu negocio a la quiebra. Al menos puedes sacar un buen aprendizaje de esta situación. Una vez localizado tienes estas opciones:

  1. Solventarlo
  2. Cerrar

Si es esta última la opción elegida, no lo demores.

¿Y AHORA QUÉ?

Tanto si eres empresario individual como administrador o socio de una sociedad mercantil, el régimen de la Seguridad Social en el que has estado cotizando ha sido el RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS.

¡¡HORRORRRR, no te queda otra que ir poniendo velas a San Judas Tadeo !! Las coberturas en este régimen son totalmente insuficientes e incluso inexistentes en la mayoría de los casos.

Te puedes encontrar en dos situaciones:

Primera.- No has cotizado por desempleo. Una mano adelante y otra atrás. No tienes prestación alguna que te ayude a superar el tiempo que puedas necesitar para volver a recomponer tu vida laboral.

Segunda.- Cotizaste por desempleo. Como persona precavida y para evitar encontrarte en una situación ruinosa, cuando te distes de alta como autónomo decidiste hacer un esfuerzo más y aumentar tu cuota mensual a la Seguridad Social con la protección por cese de actividad (la llaman), medida que entró en vigor en noviembre de 2010. Pero desde esa fecha hasta su reforma en 2015, sólo el 17% de las solicitudes eran aprobadas, pasando a partir del 2015 a un 47%. Aumento considerable, pero del todo insuficiente. Si a esto le unimos que en el caso de conseguirlo la cuantía es baja, ya que la mayoría de autónomos paga la cuota mínima (Si por ejemplo has estado cotizando por la base mínima 919,80 €, la prestación a cobrar ascenderá a unos 625 euros) y que salvo que hayas cotizado por cese de actividad durante un mínimo de tres años y los últimos 12 meses de forma continuada, la duración del paro será bastante corta.

Período de cotización (meses)Duración de la prestación
De doce a diecisieteDos meses
De dieciocho a veintitrésTres meses
De veinticuatro a veintinueveCuatro meses
De treinta a treinta y cincoCinco meses
De Treinta y seis a cuarenta y dosSeis meses
De Cuarenta y tres a cuarenta y sieteOcho meses
De Cuarenta y ocho en adelanteDoce meses

¿Lo comparamos con la prestación de los trabajadores por cuenta ajena?. Mejor no.

¿Qué te queda?, pues una mano adelante y otra atrás, pero además una cara de estúpido por haber pagado un 2,2% más todos los meses para nada.

En España el número de autónomos aumentó en 2.545 personas en el primer trimestre del año 2017 hasta alcanzar los más de 3,1 millones de afiliados  según un informe elaborado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). En términos relativos, el crecimiento del primer trimestre del año fue del 0,1% respecto al trimestre anterior. Son muchos, por tanto, los afectados por este desamparo.

La ley de reformas urgentes del trabajo autónomo que prepara la subcomisión de Empleo convocada el pasado 27 de septiembre, debería incluir, entre otras medidas,  mejorar la cobertura por cese de actividad, pues como hemos visto, tal y como está planteada actualmente no cumple su misión. Se necesita que el proceso sea rápido, objetivo y equitativo, equiparándose lo más posible a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena.

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